Madrid, 27 dic (EFE).- El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Madrid ha estimado el recurso del jugador Sergio Canales contra la sanción de cuatro partidos que recibió la temporada pasada, cuando jugaba en el Betis, por decir que su expulsión contra el Cádiz en Liga fue premeditada por parte del árbitro Antonio Mateu Lahoz.
Los órganos disciplinarios de la Federación Española de Fútbol (RFEF) sancionaron a Canales con 4 encuentros y multa de 601 euros en marzo de este año tras afirmar, al término del partido con el Valladolid, el 18 de febrero, que el exárbitro Antonio Mateu Lahoz le había expulsado de forma premeditada en el choque contra el Cádiz jugado en octubre.
La sentencia a la que tuvo acceso EFE, entiende que han quedado vulnerados los principios de tipicidad, culpabilidad y presunción de inocencia de Sergio Canales, motivados por un error de expresión e interpretación en las declaraciones del jugador.
Tras este fallo, Canales podrá competir con su actual club, Rayados de Monterrey de México, en el próximo campeonato Clausura 2024 sin ningún tipo de sanción.
El jugador acudió a la justicia ordinaria después de que sus recursos no fueran estimados y obtuvo la suspensión cautelar de su castigo cuando ya había cumplido uno de los partidos de sanción.
Canales mantuvo que su comportamiento «siempre con los árbitros dentro y fuera del campo ha sido ejemplar, mostrándoles respeto máximo durante toda mi carrera profesional».
«Así ha sido desde que debuté en 2008 y así sigue siendo ahora en la liga mexicana. Por eso, me siento feliz de que se haya hecho justicia. Mi conciencia siempre ha estado muy tranquila porque sé que no he cometido ningún error en el trato al colectivo arbitral. De haberlo hecho, habría pedido perdón de inmediato», dijo
En declaraciones remitidas a EFE, Canales dio las gracias al Real Betis Balompié, a su agencia Best Of You y a Laffer Abogados «que han luchado» por él «hasta las últimas consecuencias».
El Comité de Competición sancionó a Canales el pasado 29 de marzo, por unas declaraciones que hizo al término del partido de la jornada 22, contra el Valladolid, el 18 de febrero, cuando dijo que el colegiado valenciano tenía «premeditada» su expulsión en el encuentro del 19 de octubre contra el Cádiz.
El entonces capitán bético recurrió luego al Comité de Apelación y basó su recurso en que no pronunció la palabra «premeditada», sino que dijo un término «ininteligible» y que «lo que pretendía decir era que había sido sancionado de manera precipitada (las dos tarjetas fueron muy rápidas y no me dio tiempo a hablar con él), considerando que afirmar que el árbitro se precipitó, entraría dentro de los límites de la libertad de expresión», algo que acreditó con vídeos de declaraciones hechas en días posteriores.
Apelación rechazó estos argumentos, por la difusión de las declaraciones de Canales en un medio de comunicación, porque la denuncia remitida por el director de seguridad de la RFEF que originó el expediente transcribe el término «premeditada» y son la base para considerarlas como infracción grave según el artículo 106.
Posteriormente el jugador acudió al TAD y pidió la suspensión cautelar de la sanción que le fue denegada, por lo que trasladó al caso a la justicia ordinaria que ha resuelto a su favor.
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